martes, 12 de noviembre de 2013

IVA - modifcaciones más relvantes

IVA impuesto que pagará directamente el consumidor

Brevemente resumiremos las modificaciones al IVA derivadas de la reforma fiscal 2014 como sigue:


·         Incremento de la tasa del IVA del 11% al 16% para la región fronteriza
·         Se elimina la tasa del 0% para la enajenación de chicles o gomas de mascar así como alimento para mascotas
·         Se adiciona la exención de bienes enajenados entre residentes en el extranjero siempre que cumplan con ciertos requisitos.
·         Aplicación del 16% de IVA a:
                 - La importación temporal de bienes para elaboración, transformación o reparación
   en programas de maquila o de exportación.
                 - La prestación de servicios de hotelería y conexos prestados a extranjeros.
·         Se precisa la definición de maquila para tributar y gozar de los beneficios del régimen.
·         Las personas que introduzcan bienes bajo el régimen de importación temporal  podrán aplicar un crédito fiscal del 100% del IVA de importación que deban pagar siempre que cuenten con certificación por parte del SAT.
·         En caso de que las actividades que antes de la entrada en vigor del presente decreto  fueran afectas a una tasa de IVA menor , se pagará el impuesto a la tasa menor siempre y cuando los bienes o servicios hayan sido entregados o prestados, respectivamente, antes de la entrada en vigor de dicho decreto y el pago sea realizado dentro de los 10 días naturales posteriores a dicha fecha.
·        En caso de que las actividades antes de la entrada en vigor del presente decreto no fueran afectas a IVA y posterior a la entrada en vigor del mismo ya sean causantes de dicho impuestos, no se pagará el IVA siempre y cuando los bienes o servicios hayan sido entregados antes de la entrada en vigor de dicho decreto y el pago de sea dentro de los primeros 10 días naturales.

Y al final el impuesto lo pagaremos los consumidores.


Régimen opcional - eliminación de la consolidación fiscal

Nuevo régimen opcional para grupos de sociedades

En sustitución del régimen de consolidación fiscal se crea un nuevo régimen opcional mediante el cual, se difiere parcialmente el pago del impuesto por tres ejercicios fiscales.

Para tales efectos, cada empresa determinará su impuesto con base en un factor de resultado fiscal integrado. Este factor resulta de dividir el resultado fiscal integrado entre la suma de los resultados fiscales de las compañías del grupo en la participación integrable.

El resultado fiscal integrado de ejercicio se determinará sumando los resultados fiscales obtenidos por las compañías del grupo menos las pérdidas fiscales del resto de las empresas del grupo, todos estos en la participación integrable.

Para determinar la participación integrable se deberá hacer lo siguiente:

1. Para las sociedades integradas (controladas antes) será la participación promedio diaria de las acciones que la sociedad integradora haya tenido durante el ejercicio.
2. Sociedad integradora = 100%

La sociedad integradora y las sociedades integradas deberán enterar el ISR diferido actualizado, en la misma fecha en que deba presentarse la declaración correspondiente al ejercicio siguiente a aquel en que concluya los plazos de tres ejercicios.

Para mayor detalle, puedes consultar la Reforma aprobada 2014.


Consolidación Fiscal - Reforma fiscal 2014

Consolidación fiscal - eliminación del régimen

Con la ya muy mencionada reforma fiscal 2014, queda eliminado el régimen de Consolidación Fiscal dejando los siguientes escenarios:
  • Continuar con el régimen para grupos que optaron por consolidar a partir de 2010, y por lo tanto, cuentan con menos de 5 ejercicios en el régimen.
Conforme a la nueva Ley de ISR las controladas que al 31 de diciembre de 2013, cuenten con autorización para consolidar sus resultados fiscales, podrán continuar haciéndolo con base en lo señalado en la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013 y estén dentro del pazo de cinco años obligatorios, dejando claro que encontrándose en el supuesto antes mencionado, el último ejercicio que enterará impuesto diferido será en 2017.
  • Desconsolidar a los grupos con más de cinco años en el régimen, estableciendo tres opciones para determinar y pagar el impuesto diferido.
Las disposiciones transitorias contemplan los siguientes procedimientos opcionales para calcular el impuesto por desconsolidación:

1. Aplicar las reglas de desconsolidación mencionadas en el articulo 71 de la Ley del ISR vigente en 2013.
2. Aplicar el procedimiento opcional establecido en la fracción XV del artículo noveno transitorio de la nueva Ley.
3. Calcular, por los ejercicios 2008 a 2013, el impuesto diferido en los términos del artículo 71-A de la Ley del ISR vigente en 2013 y enterar el impuesto en los plazos establecidos en la misma Ley.
  • Optar por un nuevo régimen.
Como se podrá observar, todas las opciones son algo complicadas, sin embargo, se sugiere analizar el caso en particular en el que se encuentra tu compañía ya que de no realizar la desconsolidación correctamente en cualquiera de los supuestos antes mencionados puede resultar en que la persona moral sea acreedora a una multa por incumplimiento de obligaciones.

Deducciones Personas Morales - Reformas 2014 más relevantes aprobadas

Deducciones fiscales se modifican apartir de 2014

Deducciones fiscales fueron modificadas como resultado de la reforma fiscal 2014 presentada ante el ejecutivo el pasado mes de Octubre ya aprobado por los diputados y senadores.

A continuación resumimos lo más relevante:

  • No serán deducibles los pagos al extranjero por concepto de intereses, regalías, asistencia técnica  que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Que la entidad extranjera se consideré transparente, en la cual los accionistas no estén sujetos al pago del ISR.
- Que el pago se considere inexistente para efectos fiscales en el país donde se ubique la extranjera
- Que dicha entidad extranjera no considere dicho pago como ingreso gravable
  • Limite a la deducción de automóviles, de $175,000 pesos bajará a $130,000 por el valor total del auto.
  • Eliminación de la deducción inmediata
  • Deducción de renta de automóviles solo por $200 pesos diarios.
  • Deducción de hasta el 53% de salarios y remuneraciones exentas.
  • No deducibles las cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el patrón
  • Los vales de despensa serán solo deducibles siempre que se otorguen mediante monedero electrónico.

Entre otras modificaciones, lo anterior es lo más relevante, es importante señalar que dependiendo de la situación y régimen de la persona moral es como estás últimas afectaran a la misma, para mayor detalle puedes consultar el dictamen aprobado por los legisladores.


lunes, 11 de noviembre de 2013

Alimentos para mascotas - 16%

IVA gravará alimentos para mascotas

La ley del IVA vigente a partir del primero de enero de 2014 señala que los actos ó actividades realizados en zona fronteriza estarán sujetos a la tasa general del 16%, se acabo la tasa preferencial del 11%, asimismo la reforma fiscal establece que los alimentos para mascotas no serán más exentos, gravaran al 16% así como los chicles y el transporte público foráneo de pasajeros.

Por otra parte el Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios (IEPS) gravará a la tasa del 8% los alimentos no básicos, tales como botanas, confitería, chocolates y derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales y helados, nieves y paletas de hielo)

Al Código Fiscal de la Federación se incluyó el Buzón Tributario, es decir, las autoridades fiscales podrán ahora notificar al contribuyente cualquier acto o resolución, mediante un buzón tributario electrónico. Asimismo, se establece que la comprobación de operaciones deberá realizarte en todos los casos por medio de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) quedando eliminado cualquier medio alterno de comprobación, lo anterior incluye los pagos de nómina.

Y después de 4 años de haber entrado en vigor, la Ley del Impuesto Empresaria la Tasa Única (IETU) e Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) quedan abrogadas, sin embargo no desaparece la obligación para las entidades financieras de informar una vez al año sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas las cuales estén a su nombre, cuando el monto acumulado supere los $15,000 pesos que en su momento señalaba la Ley del IDE.


Nueva Ley del ISR - Personas Morales Reforma 2014 aprobada

Nueva Ley del Impuesto Sobre La Renta (ISR) aprobada - Personas Morales



Nueva Ley del ISR quedó aprobada el paso mes de octubre por la Cámara de Diputados y la de Senadores dejando sin efecto las resoluciones judiciales y administrativas relacionadas con la Ley del 2013, el reglamento relativo seguirá vigente siempre y cuando no contradiga a la nueva Ley.

Nueva Ley elimina los siguientes regímenes fiscales así como deducciones:
  • Régimen de Consolidación fiscal creando uno nuevo que difiere el impuesto hasta por tres ejercicios fiscales y no cinco como lo hacía el de consolidación.
  • Régimen simplificado creando dos nuevos, Coordinados (autotransportistas) y actividades agrícolas, ganaderas, sivícolas y pesqueras.
  • Régimen de Pequeños contribuyentes, creando un nuevo mecanismo de incorporación gradual al régimen general.
  • SIBRAS
  • Deducción inmediata, cuotas de seguridad social absorbidas por el patrón, la deducción del 100% de los gastos preoperativos.
Asimismo, esta nueva Ley impone un impuesto adicional a los dividendos que sean repartidos a personas físicas y/o residentes en el extranjero por las utilidades generadas en 2014 provenientes tanto de personas residentes en México como en el extranjero, mismo que será pagado por medio de la retención del 10% .

La nueva Ley también cambió el tratamiento de los siguientes regímenes fiscales:
  • Maquiladoras
  • 8.5% max. deducción de consumo en restaurantes
  • Arrendamiento de automóviles deducible hasta por 200 pesos diarios
  • 130,000 monto deducible de la inversión en automóviles
  • Aportaciones a fondos de pensiones 53% deducible
  • Salarios exentos hasta el 47%
  • Contratación de adultos mayores, 25% del salario pagado será deducible
  • Ganancias de la bolsa 10% adicional
  • Base PTU = ISR
Con lo anterior, se pretende que la tributación de las personas morales incremente, efecto que no sabremos hasta que en las compañías se corran los ajustes correspondientes para aplicar la nueva Ley.


Ingresos que espera obtener el Fisco con esta Reforma fiscal 2014

Ingresos por 4.4 billones de pesos espera recibir el Gobierno Federal.

Ingreso que representan un crecimiento del 12.82% respecto a los presupuestados para 2013.

La Ley de Ingresos de la Federación para 2014 estimó un tipo de cambio por dólar americano de $12.90, una inflación anual del 3%, un precio promedio de barril de petróleo crudo de $85 USD, PIB de 3.9%, endeudamiento interno y externo de hasta $570,000 millones de pesos y $10,000 millones de dólares respectivamente, lo que nos da como resultado un 16% de los ingresos presupuestarios totales.

Los ingresos estimados a obtener por impuestos, contribuciones de seguridad social y derechos extrañamente aumentaron... 6.25, 4.7 y 2.5% respectivamente a diferencia de 2013 dentro de los cuales, los principales aumentos fueron en los impuestos especiales sobre producción y servicios (IEPS) con un 153% y sobre la renta (ISR) con un 23%.

Con base en lo anterior, podemos concluir que el objetivo de esta reforma así como de las últimas que hemos tenido, está enfocado a recaudar y fortalecer la base del ISR la cual había sido ya muy manipulada por los diversos estímulos fiscales que habían salido para incrementar la inversión en nuestro país.

Esta reforma no se desvía de lo que el Presidente en su momento señaló, fortalecer la capacidad financiera del Estado y la revisión integral a la política de subsidios y regímenes especiales, para establecer un sistema eficaz, transparente y progresivo...

Será hasta 2014 que comenzaremos a ver verdaderamente los efectos que está reforma trae para nuestra economía.