Consolidación fiscal - eliminación del régimen
Con la ya muy mencionada reforma fiscal 2014, queda eliminado el régimen de Consolidación Fiscal dejando los siguientes escenarios:
- Continuar con el régimen para grupos que optaron por consolidar a partir de 2010, y por lo tanto, cuentan con menos de 5 ejercicios en el régimen.
- Desconsolidar a los grupos con más de cinco años en el régimen, estableciendo tres opciones para determinar y pagar el impuesto diferido.
1. Aplicar las reglas de desconsolidación mencionadas en el articulo 71 de la Ley del ISR vigente en 2013.
2. Aplicar el procedimiento opcional establecido en la fracción XV del artículo noveno transitorio de la nueva Ley.
3. Calcular, por los ejercicios 2008 a 2013, el impuesto diferido en los términos del artículo 71-A de la Ley del ISR vigente en 2013 y enterar el impuesto en los plazos establecidos en la misma Ley.
- Optar por un nuevo régimen.
Como se podrá observar, todas las opciones son algo complicadas, sin embargo, se sugiere analizar el caso en particular en el que se encuentra tu compañía ya que de no realizar la desconsolidación correctamente en cualquiera de los supuestos antes mencionados puede resultar en que la persona moral sea acreedora a una multa por incumplimiento de obligaciones.
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